La Unión Europea impulsa la resolución ‘online’ de litigios

Las medidas para agilizar la resolución de conflictos entre consumidores y comerciantes a nivel transfronterizo, que la Comisión Europea empezaba a gestar hace ya más de un año, acaban de ver la luz. Y es que, ya se han aprobado -estando pendientes, únicamente, de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea para adquirir fuerza vinculante- la Directiva y el Reglamento que persiguen agilizar este tipo de litigios en toda la Unión.

La idea es generalizar normas de arbitraje en el territorio europeo y resolver los litigios ?de manera más rápida, sencilla y asequible? y sin necesidad de recurrir a los tribunales, independientemente del tipo de producto o servicio del que se trate o dónde se realizó la compra dentro del mercado único.

La Directiva crea la figura de la Resolución Alternativa de Litigios (RAL) para garantizar la existencia de entidades  extrajudiciales que traten todos los litigios entre un consumidor o usuario y un comerciante, derivados de la venta de mercancías o la prestación de servicios en todos los sectores económicos a través de la intervención de una entidad (árbitro, conciliador, mediador, defensor de consumidor, etc.). Paralelamente, a través de un Reglamento complementario, se articula la creación de una plataforma única que permita resolver litigios a través de Internet en 30 días.

Y es que, dice Bruselas, ambas normas resultarán importantes, sobre todo, en aquellos Estados en que existe ?una considerable acumulación de asuntos pendientes ante los órganos jurisdiccionales?, como es el caso español, ?lo que impide a los ciudadanos ejercer su derecho a un juicio justo dentro de un plazo razonable?.

Ya cuando publicó sus propuestas, en diciembre de 2011, Bruselas estimó que un acceso universal a la RAL en toda la Unión ahorrará a los consumidores cerca de 22.500 millones de euros al año (0,2 por ciento del PIB de la UE). Pero, además de evitar los costes más elevados que suponen los litigios judiciales, dijo entonces, ¿las RAL generalizadas salvarán, entre otros, obstáculos lingüísticos y de diferencias en las legislaciones de los distintos  Estados?.

Entidades de RAL en toda la UE

Dice la Directiva que es necesario que la resolución  alternativa pueda aplicarse a todos los tipos de litigios, nacionales y transfronterizos. Y además, que los comerciantes establecidos en un Estado puedan estar amparados por una entidad RAL establecida en otro país de la UE. También los consumidores podrán recurrir a entidades establecidas en otro Estado, ya sean regionales, transnacionales o paneuropeas, en las que los  comerciantes de distintos Estados estén amparados.

Para leer la noticia completa: eleconomista.es

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