Llega la Mediación Concursal a nuestra legislación

Con la muy reciente Ley de Apoyo a los Emprendores ha surgido en España la “mediación concursal”, un proceso extrajudicial de pagos que trata de evitar la judicialización de los concursos de acreedores, permitiendo que, con carácter previo a iniciar el concurso judicial propiamente dicho, puedan tales acreedores y el deudor lograr un acuerdo “ayudados” por un “mediador concursal”.

La gran ventaja de este sistema es que, si fracasa la vía del acuerdo, se pasará directamente a liquidación, regulando una “segunda oportunidad” para el empresario persona natural, pues casi todas sus deudas quedarán saldadas con dicha liquidación, si se cumplen ciertos requisitos y salvo las excepciones de algunos acreedores que luego se expondrán. Por tanto, es de suponer que la mayoría de los acreedores tendrán bastante interés en aceptar tales acuerdos, pues de no hacerlo perderán al deudor como cliente y la liquidación puede serles más perjudicial.

Casi el 95% de los concursos que se inician en España terminan en liquidación, con lo que instaurar una vía “previa” que permita que las empresas acudan a un camino de solución extrajudicial antes de que su situación sea ya imposible, económicamente hablando, es el fin perseguido por la normativa. Por ello, por ejemplo, se pide que las empresas que acudan a esta solución tengan activos suficientes para poder abonar los gastos de la tramitación del acuerdo extrajudicial. (…)

 

Para leer la noticia completa: lawyerpress.com

default
Post Written by

0 Comments